La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) aclaró que las empresas de transporte por aplicación, como Uber, no cuentan con autorización para prestar servicios en los aeropuertos del país, pese al reciente amparo concedido por un juez federal.
En una nota informativa difundida en su cuenta oficial de X, la dependencia explicó que la suspensión otorgada a Uber por el Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa no constituye un permiso para operar en las terminales aéreas, sino que tiene como objetivo garantizar que los operativos de la Guardia Nacional se realicen conforme a la ley y sin actos arbitrarios o discriminatorios.
“El amparo no implica autorización alguna para prestar servicios de transporte en los aeropuertos”, puntualizó la SICT.
La autoridad recordó que los usuarios pueden seguir utilizando los servicios de taxis autorizados, transportes turísticos y autobuses que cuentan con permisos federales para operar en las zonas aeroportuarias.
La aclaración ocurre luego de que esta semana se difundiera que la suspensión concedida por el Poder Judicial protege a conductores y pasajeros que utilicen Uber durante un viaje en cualquier aeropuerto del país, evitando que sean detenidos o sancionados durante los traslados.
No obstante, la SICT insistió en que, jurídicamente, las plataformas digitales de transporte no tienen autorización vigente para ofrecer el servicio de traslado de pasajeros en aeropuertos mexicanos, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y su reglamento.
La dependencia subrayó que continuará vigilando el cumplimiento de las disposiciones federales, en coordinación con autoridades aeroportuarias y de seguridad, con el fin de garantizar un servicio seguro, regulado y conforme a la ley para los viajeros.
 
        