Los restaurantes, bares, hoteles y demás establecimientos comerciales que planeen transmitir los partidos de la Copa Mundial de la FIFA 2026 deberán cumplir con una serie de requisitos legales para evitar sanciones económicas, advirtió el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI).
El organismo informó que la transmisión pública de los encuentros mundialistas estará sujeta a las disposiciones de propiedad intelectual y derechos de transmisión que posee la FIFA, por lo que los negocios interesados deberán contratar el servicio mediante empresas o plataformas autorizadas para difundir los partidos de manera legal.
La medida cobra relevancia ante el interés de miles de establecimientos en aprovechar el torneo, que se celebrará de manera conjunta en México, Estados Unidos y Canadá, como una oportunidad para atraer clientes y aumentar sus ventas durante las semanas de competencia.
De acuerdo con el IMPI, las plataformas de streaming contratadas para uso doméstico no pueden utilizarse para exhibiciones comerciales. En el caso de ViX, una de las empresas que contará con derechos de transmisión del Mundial, sus términos de uso establecen que el servicio está destinado exclusivamente para fines personales y no comerciales, por lo que cualquier difusión en establecimientos sin autorización podría derivar en consecuencias legales.
Las regulaciones de visualización pública de la FIFA distinguen entre eventos comerciales y no comerciales. Se considera comercial cualquier transmisión organizada con fines de lucro, incluyendo aquellas que cobren acceso, generen ingresos mediante patrocinios o busquen beneficios económicos adicionales. En contraste, la FIFA señala que establecimientos como restaurantes, hoteles, clubes o bares pueden realizar transmisiones consideradas no comerciales siempre que formen parte de su operación habitual y no impliquen cobros especiales ni actividades promocionales adicionales.
Sin embargo, el IMPI aclaró que los negocios deben contar con los permisos correspondientes mediante acuerdos con las transmisoras autorizadas por la FIFA, independientemente de su tamaño o capacidad. El criterio aplica tanto para grandes cadenas como para pequeños establecimientos.
La dependencia recordó que la Ley Federal del Derecho de Autor sanciona la retransmisión, reproducción o difusión pública de emisiones de organismos de radiodifusión sin autorización cuando exista un beneficio económico directo o indirecto.
En caso de detectarse una infracción, el IMPI tiene facultades para imponer sanciones administrativas a petición de la parte afectada. Actualmente, las multas se calculan con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente y pueden alcanzar hasta 586 mil 500 pesos por transmisión ilegal.
Con la cuenta regresiva rumbo al Mundial 2026, las autoridades hicieron un llamado a los establecimientos comerciales para verificar con anticipación las condiciones legales de transmisión y evitar posibles sanciones durante uno de los eventos deportivos más importantes del planeta.