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La Corte elimina la imposición del apellido paterno en el registro de recién nacidos

En Breve

Por: Enrique Avilés.

Jueves 8 de enero 2026.- En breve te comparto que La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) transformó radicalmente la forma en que se registran los recién nacidos en México al declarar inconstitucional la imposición automática del apellido paterno antes del materno.

El fallo, publicado oficialmente permite que padres y madres elijan libremente el orden de los apellidos de sus hijos mediante común acuerdo.

El tribunal determinó que obligar a colocar primero el apellido del padre refuerza estereotipos de género y viola el principio constitucional de igualdad y no discriminación entre hombres y mujeres.

El artículo 40 de la Ley del Registro Civil establecía que los progenitores solo podían elegir “única y exclusivamente” el primero o segundo apellido de cada uno, “sin posibilidad de crear apellidos compuestos”. Esta frase fue declarada inconstitucional

La recomendación es no bajes la guardia, cuídate y sígueme en @avilesenrique y nos escuchamos en breve.

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