El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) oficializó el uso exclusivo de la e.firma del Servicio de Administración Tributaria (SAT) como el único certificado digital válido para realizar trámites de afiliación y gestiones patronales a través de medios electrónicos.
La medida quedó establecida mediante un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con el que se elimina el uso del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y de los certificados digitales expedidos por el propio IMSS, como parte de una estrategia para unificar y fortalecer los mecanismos de identificación digital.
De acuerdo con el documento, las personas empleadoras o sujetos obligados que opten por realizar trámites electrónicos ante el instituto deberán autenticarse y firmar sus solicitudes exclusivamente con la e.firma del SAT. Los documentos suscritos mediante este mecanismo tendrán los mismos efectos legales y valor probatorio que aquellos firmados de manera autógrafa, conforme a la legislación aplicable.
El acuerdo también establece nuevas disposiciones para la representación legal. En los casos en que una persona física o moral autorice a un representante legal, administrador o cualquier otro apoderado para realizar actos en su nombre, la vinculación deberá efectuarse únicamente mediante el Escritorio Virtual del IMSS.
Para ello, tanto la persona representada como su representante deberán autenticarse utilizando su respectiva e.firma y suscribir conjuntamente el trámite correspondiente, fortaleciendo así los mecanismos de seguridad y validación de identidad en las gestiones electrónicas.
Con la entrada en vigor de estas modificaciones, el IMSS deroga oficialmente el uso del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y de los certificados digitales emitidos por el instituto para la realización de trámites en línea.
No obstante, el organismo otorgó un periodo de transición de 90 días naturales, contados a partir de la publicación del acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para que empleadores y sujetos obligados completen la migración al uso exclusivo de la e.firma del SAT antes de que el nuevo esquema sea obligatorio.