25 de June de 2026

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Multan al Congreso de Yucatán con casi un millón de pesos por incumplir fallo de la Corte sobre aborto

El Congreso de Yucatán fue sancionado con una multa cercana al millón de pesos por incumplir una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ordenaba armonizar el marco jurídico estatal para garantizar plenamente el derecho a la interrupción legal del embarazo.

La sanción fue impuesta por un juzgado federal luego de que el Poder Legislativo estatal demorara la modificación del Artículo 1 de la Constitución local, disposición que reconocía la protección de la vida desde la fecundación y que, de acuerdo con organizaciones defensoras de los derechos reproductivos, representaba un obstáculo para el cumplimiento integral de la sentencia emitida por la Corte.

Ante la presión judicial, el pleno del Congreso aprobó de última hora, el pasado lunes, la reforma constitucional pendiente para dar cumplimiento al mandato judicial. Sin embargo, el acatamiento tardío no evitó la aplicación de la sanción económica.

La controversia se originó después de que, en 2025, el Congreso yucateco aprobara la despenalización del aborto, aunque sin modificar simultáneamente el texto constitucional que protegía la vida desde la fecundación. Esa omisión derivó en cuestionamientos legales y en la intervención de la SCJN a través del amparo 274/2024, promovido por Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva A.C., con el acompañamiento jurídico de Abortistas MX y la Unidad de Atención Psicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal.

De acuerdo con la resolución judicial, los 35 diputados integrantes de la legislatura local, así como el director jurídico del Congreso, Miguel Ceballos Quintal, deberán cubrir individualmente una multa de 26 mil 981.3 pesos, lo que en conjunto representa una sanción cercana al millón de pesos.

Amelia Ojeda, coordinadora jurídica de UNASSE, señaló que la aprobación de la reforma constitucional concluye el proceso legislativo de despenalización del aborto en la entidad, tanto en el ámbito penal como en el plano simbólico y social.

La activista recordó que la propia Corte ha establecido en criterios previos que los congresos estatales carecen de facultades para determinar jurídicamente el momento en que inicia la vida o para otorgar personalidad jurídica al embrión o al feto.

El ahora reformado Artículo 1 de la Constitución de Yucatán establecía que el Estado reconocía, protegía y garantizaba el derecho a la vida desde el momento de la fecundación hasta la muerte natural, disposición aprobada en 2009 durante la administración de la entonces gobernadora Ivonne Ortega Pacheco.

En aquel momento, diversas organizaciones civiles solicitaron a la mandataria ejercer su facultad de veto para impedir la entrada en vigor de la reforma, petición que fue rechazada.

La despenalización del aborto en Yucatán fue aprobada en abril de 2025 con 23 votos a favor y 13 en contra, convirtiendo a la entidad en el estado número 23 del país en eliminar sanciones penales para las mujeres y personas gestantes que deciden interrumpir voluntariamente un embarazo.

Las reformas impulsadas por las diputadas Clara Rosales y Larissa Acosta incluyeron la derogación del Artículo 392 del Código Penal local, que criminalizaba el aborto, así como modificaciones al Artículo 389 para redefinir el delito como “aborto forzado” y sancionar a quienes obliguen a una persona a interrumpir su embarazo sin consentimiento.

Con estos cambios, la regulación del procedimiento quedó bajo la competencia de la Ley de Salud Pública del Estado de Yucatán, que establece la responsabilidad de las instituciones de salud para garantizar el acceso al servicio conforme a los lineamientos sanitarios vigentes.

Actualmente, nueve entidades del país mantienen pendiente la despenalización del aborto: Guanajuato, Morelos, Querétaro, Durango, Nuevo León, Tamaulipas, Sonora, Tlaxcala y Aguascalientes, donde el debate legislativo continúa abierto.

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