La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este martes la prohibición de vender comida chatarra en todos los planteles del Sistema Educativo Nacional, incluidas las universidades, al determinar que el Estado mexicano tiene facultades para proteger el derecho a la salud y garantizar una alimentación nutritiva y de calidad dentro de los centros escolares.
Por unanimidad, el Pleno aprobó el proyecto de la ministra María Estela Ríos González, mediante el cual negó un amparo a la empresa Eric Kayser México, vinculada a la cadena francesa de panaderías Maison Kayser.
La compañía argumentó, entre otros puntos, que los estudiantes universitarios son mayores de edad y, por tanto, tienen la libertad de decidir qué alimentos consumir. Sin embargo, la Corte rechazó esta postura al considerar que el derecho a una alimentación adecuada está reconocido constitucionalmente para todas las personas, independientemente de su edad.
Durante la discusión, el ministro Giovanni Figueroa sostuvo que las obligaciones del Estado en materia de alimentación saludable no se limitan a niñas, niños y adolescentes, sino que también comprenden a las personas jóvenes y adultas que estudian en instituciones educativas.
El argumento de las empresas que han promovido amparos contra estas disposiciones, señaló el ministro, parte de una interpretación equivocada, pues la Constitución reconoce el derecho de toda persona a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, sin establecer distinciones por edad.
La resolución respalda las facultades de la SEP
El fallo de la SCJN respaldó las atribuciones de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para regular la preparación, distribución y venta de alimentos y bebidas en los planteles educativos, conforme a los artículos 75 y 75 Bis de la Ley General de Educación, reformada en diciembre de 2023.
Estas disposiciones se complementan con los lineamientos publicados el 30 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, que establecen criterios para promover una alimentación saludable en las escuelas.
Con esta resolución, el máximo tribunal confirmó la validez de las medidas que buscan limitar la disponibilidad de productos considerados de bajo valor nutricional en los espacios educativos.
La decisión también establece que la autonomía de los estudiantes mayores de edad para elegir sus alimentos no elimina la facultad del Estado de implementar políticas de salud pública dentro de las instituciones educativas.
El fallo representa un respaldo judicial a la regulación de alimentos y bebidas en el Sistema Educativo Nacional, al reconocer que la protección del derecho a la salud y a una alimentación adecuada debe aplicarse tanto a menores de edad como a estudiantes universitarios.