22 de July de 2026

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Unión Europea endurece reglas de transparencia para la inteligencia artificial a partir de agosto

La Comisión Europea publicó este lunes una serie de recomendaciones técnicas para orientar a los desarrolladores y proveedores de modelos de inteligencia artificial (IA) sobre el cumplimiento de las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley de Inteligencia Artificial de la Unión Europea, cuya aplicación comenzará el próximo 2 de agosto.

La normativa exige que los sistemas de IA sean diseñados para informar claramente a los usuarios cuando estén interactuando con una máquina, salvo en aquellos casos donde resulte evidente que la conversación se desarrolla con un sistema automatizado.

Bruselas precisó que esta obligación aplica principalmente a asistentes virtuales, servicios de atención al cliente, plataformas de servicios públicos y sistemas utilizados para la recepción o gestión de denuncias de fraude, entre otros entornos donde la identificación del interlocutor resulta relevante.

Otro de los ejes de la legislación establece que los contenidos generados mediante inteligencia artificial, como textos, fotografías, videos y audios, deberán incorporar mecanismos de identificación —como marcas de agua u otros métodos equivalentes— para que los ciudadanos puedan reconocer fácilmente que fueron creados por una máquina.

No obstante, las instituciones europeas acordaron posponer la aplicación de este requisito general hasta el 2 de diciembre. La excepción serán los contenidos manipulados o generados mediante IA, conocidos como deepfakes, que involucren asuntos de interés público, incluidos procesos electorales, judiciales, temas de salud pública o acontecimientos políticos, financieros, científicos y culturales. En estos casos, la identificación como contenido artificial será obligatoria desde el 2 de agosto, siempre que no exista supervisión humana previa.

La legislación también contempla la obligación de informar a las personas cuando sean objeto de análisis mediante sistemas de reconocimiento de emociones o tecnologías de categorización biométrica, salvo en aquellos casos autorizados por la ley para la detección, prevención e investigación de delitos penales.

Las empresas que incumplan estas disposiciones podrán enfrentar sanciones económicas de hasta el 3% de su facturación anual o un máximo de 15 millones de euros, mientras que para instituciones y agencias de la Unión Europea el límite de las multas será de 750 mil euros.

Aunque las recomendaciones técnicas difundidas por la Comisión Europea tienen carácter voluntario, Bruselas advirtió que las empresas que decidan no adoptarlas deberán demostrar que cumplen con las obligaciones de transparencia previstas en la Ley de Inteligencia Artificial, las cuales sí tienen carácter vinculante.

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