Redacción
México.- Este lunes 27 de diciembre trascendió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la controversia constitucional que presentó el equipo jurídico del presidente Andrés Manuel López Obrador contra el Instituto Nacional Electoral (INE) por la suspensión temporal de la consulta de Revocación de Mandato que aprobó el Consejo General.
La controversia fue admitida a trámite por la ministras Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel Mossa, representantes de la Comisión de Receso de la SCJN, mismas que aprobaron el pasado 22 de diciembre frenar el acuerdo de la suspensión de la consulta popular por falta de presupuesto que dictó el órgano electoral.
“Las ministras que suscriben, integrantes de la Comisión de Receso, acuerdan: se concede la suspensión solicitada por el Poder Ejecutivo Federal, para los efectos precisados en la parte final del presente proveído”
Hasta el momento, la comisión no ha explicado cuáles son los nuevos alcances jurídicos que tendrán que ser acatados por el INE tras la admisión de la controversia.
En tanto, durante la conferencia mañanera de este lunes, el mandatario mexicano volvió a expresarse sobre la suspensión de la Revocación de Mandato y aseguró que se “cometió un error” al oponerse al proyecto; asimismo, recomendó al instituto reconocer y rectificarse por el bien de la democracia mexicana.
“Cometieron un error y lo tendrían que reconocer porque se opusieron a un mandato constitucional y actuaron de manera antidemocrática, pero en política hay que saber rectificar. No aferrarse […] Lo establece la Constitución, que es la ley de leyes”
De igual forma, el jefe del Ejecutivo Federal recordó dos fallos con los cuales la Suprema Corte ha llamado -sino es que ordenado- al INE a continuar con la organización del ejercicio democrático, a pesar del argumento sobre la falta de presupuesto para ello.
Y es que conviene recordar que el pasado 22 de diciembre la SCJN determinó frenar el acuerdo del INE, en el cual se suspendía el desarrollo de la consulta de Revocación de Mandato por la supuesta insuficiencia de la partida económica que recibió el instituto tras la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2022.
Durante la sesión del día miércoles, las ministras Ríos Farjat y Esquivel Mossa aceptaron la controversia constitucional que interpuso el legislador Sergio Gutiérrez Luna, en representación de la Cámara de Diputados, misma que buscaba impugnar la decisión del órgano colegiado.
“Se concede la suspensión solicitada por la Cámara de Diputados, para los efectos precisados en la parte final del presente proveído. La medida suspensional surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna”
Con dicha acción, se le ordenó al INE continuar con la “organización y el desarrollo de la totalidad de las actividades” del proceso hasta la conclusión del mismo.
Ante dicha orden, un día después, el Instituto Nacional Electoral informó que recibió la determinación adoptada por la Comisión de Receso y acatará la decisión con el presupuesto existente.
No obstante, al emitir su posicionamiento, el instituto señaló que se mantendrá atento a la resolución de fondo que realice la SCJN respecto de la controversia constitucional que interpuso el pasado 7 de diciembre ante la insuficiencia presupuestal para la organización del ejercicio de participación ciudadana, ya que la determinación de la Corte “tiene carácter de provisional y no resuelve el fondo del asunto”.
El órgano electoral explicó que la determinación de fondo será fundamental para atender el mandato expreso de la Ley de Revocación de Mandato que, en su artículo 40, señala que la jornada debe sujetarse al procedimiento dispuesto para la celebración de elecciones federales.
“Hasta el momento, el INE sólo cuenta con 1,503 millones de pesos para organizar la Revocación de Mandato derivado de ajustes y recortes en proyectos, frente a lo cual se deberán analizar las implicaciones que la resolución de la SCJN tendrá en el desarrollo de todas las actividades, pues señala que del acuerdo tomado por este órgano se desprende el indicador de viabilidad financiera para aplicar recursos al procedimiento de revocación de mandato, y así desarrollarlo (incluyendo todas sus etapas) dentro de ese margen presupuestario”