Redacción
México.- El Pleno de la Cámara de Diputados ha aprobado una modificación crucial al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, con el objetivo de prohibir el transporte de menores de 12 años en motocicletas, incluso si cumplen con el uso de casco. La medida, respaldada por 409 votos a favor, 25 en contra y ninguna abstención, establece una restricción clara para garantizar la seguridad de los niños en las vías públicas.
Esta reforma representa un paso significativo en la protección de los menores, ya que anteriormente la ley solo exigía que los niños viajaran en los asientos traseros con cinturón de seguridad. Ahora, se prohíbe explícitamente su transporte en motocicletas si no pueden sujetarse por sí mismos o apoyar adecuadamente los pies.
La diputada Georgina Gómez Madrigal del PAN, una de las impulsoras de esta medida, enfatizó la importancia de fomentar una cultura de prevención y responsabilidad entre los conductores de motocicletas, especialmente en lo que respecta a la seguridad de los niños. Por otro lado, el diputado Omar Enrique Castañeda González, de Movimiento Ciudadano, resaltó esta acción como una estrategia esencial para enfrentar el crecimiento del uso de motocicletas en México y proteger a los menores de los riesgos del tráfico vehicular.
El dictamen, que ahora pasa al Senado para su proceso legislativo, también incluye un periodo de adaptación de hasta 150 días hábiles para que las legislaturas estatales ajusten sus normativas locales en concordancia con esta reforma.
Estadísticas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) revelan la urgente necesidad de medidas preventivas, ya que durante el año 2021 se registraron 4,401 muertes y 86,867 heridos por accidentes de tráfico en zonas urbanas. Entre las causas identificadas, los accidentes involucrando motocicletas representaron el 15.8% de los incidentes, subrayando la importancia de esta reforma para reducir la vulnerabilidad de los niños en las vías públicas.